
Las viviendas terminarán teniendo la categoría de " VPPL (Viviendas Protegidas de Precio Limitado) " o por lo menos eso es lo que se espera conseguir.
Descripción de la VPPL:
.La superficie construida máxima de estas viviendas es 150 m2.
.Están sujetas a un Precio Máximo Legal de Venta (PMLV).
.La duración del régimen legal de protección pública es de 20 años a contar desde la fecha de la Calificación Definitiva.
.Sólo se pueden promover sobre suelo destinado expresamente a vivienda libre, Vivienda de Protección Pública de más de 110 m2 o a vivienda a precio tasado.
Requisitos de acceso a la VPPL:
.Que los ingresos familiares no excedan de 7,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Ejemplo:
El IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples)para el año 2005 es de 6.577,20 EUR.
Para VPPB: 5,5 x 6.577,20 EUR = 36.174,60 EUR
Para VPPL: 7,5 x 6.577,20 EUR = 49.329,00 EUR
.No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda sujeta a régimen de protección en todo el territorio nacional, excepto en los casos de sentencia judicial de separación o divorcio cuando, como consecuencia de ésta, no se le haya adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar.
.No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre una vivienda libre en la Comunidad de Madrid cuyo valor, según el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), exceda del 40% del precio máximo total de venta (inferior al Precio Máximo Legal de Venta o PMLV). Este requisito no deberá aplicarse en los casos de sentencia judicial de separación o divorcio cuando, como consecuencia de ésta, no se le haya adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar.
.Que se destine a domicilio habitual y permanente de sus ocupantes legales.
Ayuda económica a la adquisición de Vivienda con Protección Pública Básica (VPPL):
.Destinatarios: Adquirentes o promotores individuales en el caso de uso propio de VPPL destinada a familias numerosas.
.Descripción de la ayuda: Esta ayuda consiste en una subvención denominada Cheque-Vivienda Venta, por una cuantía del 7% del precio de venta total de la vivienda (que deberá ser inferior al Precio Máximo Legal de Venta).
.Requisitos para acceder a la ayuda: Que los ingresos familiares no excedan de 7,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), a fecha de solicitud del Cheque-Vivienda, y que dichos ingresos representen al menos un 8% del precio de venta total de la vivienda.
.Plazo de solicitud: Antes de transcurridos 6 meses desde la fecha de obtención de la Calificación Definitiva.
.Presentación de solicitudes: En los Registros Públicos de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Madrid: C/ Princesa, 3; C/ Maudes, 17; C/ Braganza, s/n y Avda. de Asturias, 28 (Oficina de Vivienda) y en cualquier Oficina de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado o Ayuntamiento que haya firmado convenio a tal efecto, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el Extranjero.
Toda esta información se encuentra dentro de las actuaciones del Plan de Vivienda 2005 – 2008 de la Comunidad de Madrid a las Viviendas con Protección Pública para venta o uso propio. Vivienda con Protección Pública de Precio Limitado (VPPL).